Re: Bodegas de Pago y Vinos de Pago: Me estoy haciendo un lío
Hola.
Recupero este tema, con tu permiso Mara, porque todo eso está regulado en la Ley de la Viña y el Vino (Art. 24) y me puedo equivocar, pero no he visto esta referencia. Aunque Hugof si dio un enlace ya con estos términos. Pero claro la Ley referida, no la lee casi nadie y suele esclarecer.
" se entiende por pago el paraje o sitio rural con características edáficas y de microclima propias que lo diferencian y distinguen de otros de su entorno, conocido con un nombre vinculado de forma tradicional y notoria al cultivo de los viñedos de los que se obtienen vinos con rasgos y cualidades singulares..."
Cuando todo el viñedo de un pago se encuentra incluido en una sola DO, se puede acoger a la denominación de "Vino de Pago Calificada".
Estas bodegas no pueden elaborar comprando fuera de sus viñedos, esto es sinónimo de calidad, tanto como de autenticidad. Además están sujetos a ordenación especial en vinificación, equivalente a una DOC, como mínimo, me refiero a las técnicas de bodega.
Si se someten a tales exigencias, estamos ante vinos de gran calidad y exigencias de elaboración equivalentes a una DO calificada; por tanto el productor que se acoge es para demostrar sus buenas calidades.
Los pagos pueden elaborar otros vinos que no se acojan a la denominación y entonces pueden surgir las dudas. Pero legalmente no pueden etiquetar, en este caso, como Vinos de Pago.
Saludos.
Joan