Re: La polémica no cesa
Ver mensaje de Vicente LlopisLo que dice la jurisprudencia del Supremo, Sentencia del Tribunal Supremo del 2007 que se aplica por sistema en todos los casos similares:
"El becario, que ha de cumplir ciertas tareas, no las realiza en línea de contraprestación, sino de aportación de un mérito. El rasgo diferencial de la beca como percepción es su finalidad primaria de facilitar el estudio y la formación del becario y no la de apropiarse de los resultados o frutos de su esfuerzo o estudio, obteniendo de ellos una utilidad en beneficio propio. De manera que si del examen y valoración de la prestación becario en el marco de la propia actividad de la entiendad que concede la beca se obtiene que la finalidad fundamental del vínculo no es la de contribuir a la formación del becario, sino obtener un trabajo necesario para el funcionamiento o la actividad de gestión del concedente, la conclusión es que la relación será LABORAL, si en ella concurren las restantes exigencias del artículo 1.1. del Estatuto de los Trabajadores".
Jordi Cruz ha reconocido que no podría llevar adelante su negocio sin los becarios, por lo que está usurpando puestos de trabajo para prácticas, y por lo tanto se está lucrando de un trabajo por el que no se puede lucrar.
Soy flexicarnívoro y a la comida vegana la llamo guarnición